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Los autónomos que tendrán que devolver la ayuda por cese de actividad

El mes pasado, el Gobierno consiguió llegar a un acuerdo con las tres principales organizaciones de autónomos de nuestro país: la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), la Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores (UATAE) y la Unión de profesionales y trabajadores autónomos (UPTA). Este pacto incluía una prórroga de las ayudas por cese de actividad a los trabajadores por cuenta propia hasta el 31 de mayo.

Gracias a esta actualización de las medidas, se espera que el número de trabajadores por cuenta propia que van a poder recibir esta prestación llegue a los 800.000. Es decir, se podrán beneficiar de las ayudas uno de cada cuatro autónomos dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), que son uno de los colectivos más castigados por la pandemia.

Entre los requisitos para ser beneficiario, destaca la necesidad de acreditar que en el primer trimestre de 2021 no se superase una cantidad específica de rendimientos netos. En concreto, 7.980 euros. ¿Qué ocurre si el negocio no va tan mal como se esperaba y se rebasa este límite establecido?

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Plano de las manos de una persona de mediana edad tecleando en un portátil. A su lado, hay papeles, una calculadora y un teléfono móvil.
Los trabajadores autónomos son uno de los colectivos más castigados por la pandemia. Getty Creative. (Extreme Media via Getty Images)

En este caso, el trabajador tendría que devolver a su mutua el dinero percibido por la prestación, que podría ascender hasta los 3.000 euros. Las mutuas están revisando en estos momentos que los autónomos cumplieran en su momento los requisitos para acogerse a estas ayudas. En algunos casos, ya están solicitando la devolución de las cantidades cobradas indebidamente.

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Cómo actuar en caso de tener que devolver esta prestación

De constatar que las condiciones no se cumplen, el autónomo tendría que abonar un mínimo de 2.000 euros- correspondientes a 661 euros al mes durante tres meses por el 70% de la base mínima de cotización- junto con las exoneraciones de cuotas del mismo periodo de tiempo, que ascenderían a unos 800.

La devolución deberá hacerse de golpe y en un plazo de alrededor de 10 días. Estos casi 3.000 euros que tendría que pagar el trabajador podrían poner en riesgo su economía, teniendo en cuenta que el requerimiento por parte de la mutua ser hará, como muy tarde, a finales del primer trimestre de 2021.

Tanto en la prestación económica de 'Cese de Actividad y trabajo por cuenta propia para trabajadores autónomos' (POECATA), como en el 'Cese de actividad especial para autónomos con bajas cotizaciones' se establece que la comprobación será semestral, es decir, que se verificarán los rendimientos del autónomo, no en cada mes por separado, sino en todo el semestre. Esto significa que el autónomo puede tener los ingresos que quiera cada mes, siempre que no supere el umbral establecido para el cómputo del semestre (situado en unos 1.300 euros al mes).

Recordemos que para acceder al cese de actividad era necesario que el trabajador por cuenta propia presentara a su mutua una declaración responsable. Si el autónomo no cumple con los requisitos especificados, «la entidad competente para la reclamación fijará la fecha de ingreso de las cantidades reclamadas que deberán hacerse sin intereses o recargo», tal y como viene especificado en la norma.

Si el trabajador por cuenta propia devuelve todo lo que percibió en la fecha fijada, no habrá penalizaciones. Pero si la devolución no se hiciera dentro de los plazos establecidos, la Seguridad Social podría reclamar la deuda pendiente. Esto se haría con recargos que pueden oscilar entre el 10% y hasta más del 25% de la deuda, en función de la demora.

Desde las asociaciones de autónomos se recomienda solicitar asesoría (ya sea de forma online o presencial) para gestionar la actividad económica de la mejor forma posible. No se debe olvidar que estas prestaciones tienen implicaciones fiscales importantes. Páginas web como infoautonomos.com poseen espacios con información práctica sobre las prestaciones extraordinarias para autónomos derivadas de la Covid-19.

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