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La UIF redujo la cantidad de casos en los que hay que informar transacciones

La Unidad de Información Financiera (UIF) actualizó los montos de las transacciones que los diferentes sectores regulados deben declarar ante el organismo, para la prevención del lavado de activos y la financiación del terrorismo.

"Al aumentar los umbrales para la adopción de medidas de debida diligencia y para los reportes sistemáticos de operaciones, se reduce la cantidad de casos en que los sujetos obligados deben informar", informaron desde la UIF.

La actualización fue producto de la aplicación del enfoque basado en riesgos, determinado en el estándar internacional del GAFI, que constituye una forma eficaz de combatir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo

La medida fue tomada a través de las Resoluciones UIF N° 50/2022 y N° 51/2022, publicadas este miércoles en el Boletín Oficial.

La UIF redujo la cantidad de casos en los que hay que informar transacciones

Cuáles son los cambios implementados por la UIF

Los cambios implementados se enmarcan en el trabajo de adecuación de la regulación preventiva y en el propósito de mejorar la efectividad del sistema nacional Antilavado de Activos y Contra la Financiación del Terrorismo (ALA/CFT).

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La Resolución UIF 50/2022 adecua los montos para los diferentes sectores como escribanos; profesionales en Ciencias Económicas; asociaciones mutuales y cooperativas; fiduciarios de fideicomisos; mercado de capitales; entidades financieras y cambiarias, entre otros.

Cabe recordar que las cifras no habían sido modificadas desde noviembre del 2019.

En tanto, a través de la Resolución UIF 51/2022l, a UIF aprobó la actualización de umbrales del sector automotor, que comprende como sujetos a la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios y los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios; las sociedades de capitalización y ahorro; y las personas humanas o jurídicas cuya actividad habitual sea la compraventa de vehículos, que deban registrarse ante el Registro Nacional de la Propiedad Automotor.

La Resolución UIF 50/2022 adecua los montos para los diferentes sectores

Esta última medida deja además sin efecto la Resolución UIF N° 113/2021 –dispuesta en noviembre pasado-, y aprueba los nuevos valores correspondientes a las Resoluciones UIF Nros. 127/2012, 50/2013 y 489/2013 y sus respectivas modificatorias.

El caso de los automotores

En el caso de los automotores se mantendrá "el mecanismo de actualización periódico y automático en los meses de enero y julio de cada año en base al porcentaje de incremento del Índice de Precios del Sector Automotor (IPSA) que la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (ACARA) publica en su web", precisó la UIF en un comunicado.

"Ambas resoluciones puestas en vigencia responden al consenso logrado tras reuniones con representantes de Cámaras, Colegios y Asociaciones de distintos sectores. La actualización incrementó los montos, en consecuencia, los casos de obligatoriedad de informar para cada sector serán menores", aseguraron en la UIF. En el caso de los automotores