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El Supremo anula la cláusula de Telefónica para cobrar la identificación de llamadas

El Tribunal Supremo ha confirmado la nulidad de una cláusula que incluyó Telefónica en las facturas de sus clientes mediante la que pasaba a cobrar por el servicio, antes gratuito, de identificación de llamadas. En la imagen, el logo de Telefónica en su sede en Madrid, 25 de febrero de 2015. REUTERS/Juan Medina/File Photo (Reuters)

MADRID (Reuters) - El Tribunal Supremo ha confirmado la nulidad de una cláusula que incluyó Telefónica en las facturas de sus clientes mediante la que pasaba a cobrar por el servicio, antes gratuito, de identificación de llamadas. El Supremo rechaza de esta forma el recurso de la operadora contra una sentencia de un tribunal de Cantabria de marzo de 2014 que condenó a la compañía a eliminar del contrato la cláusula declarada abusiva. Telefónica anunció en 2008 que comenzaría a cobrar 0,58 euros al mes por un servicio de identificación de clientes en las llamadas que desde 2000 había sido El alto tribunal, al igual que la Audiencia Provincial de Cantabria, considera que la cláusula insertada por Telefónica en las facturas "no suponía una simple modificación de las condiciones contractuales", en contra de lo argumentado por la empresa, "sino la contratación de un servicio nuevo". Según la sentencia, en ningún momento del proceso quedaba constancia de la voluntad de los clientes de contratar este nuevo servicio de pago.