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Mucho cuidado: casos en los que tu empresa te puede despedir estando de baja

Todos hemos oído cientos de veces que un trabajador nunca puede ser despedido estando de baja ya sea por enfermedad, accidentes u otro tipo de cuestiones. El despido de trabajadores por una baja a menudo es ilegal y por tanto, reclamable. No obstante, sí es posible ser despedido estando de baja, aunque solo es legal en algunos supuestos. Por tanto, la situación de baja no da al empleado una protección blindada contra cualquier tipo de despido.

Si realmente existen razones para finalizar el contrato, se podrá llevar a cabo esté de baja o no. Para que pueda producirse esta situación debe existir una mala fe del empleado, lo que llevaría a un despido disciplinario.

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Legalmente, la empresa está obligada a notificar al trabajador su despido por escrito. Foto: Getty Creative.
Legalmente, la empresa está obligada a notificar al trabajador su despido por escrito. Foto: Getty Creative. (Charnchai via Getty Images)

Motivos de despido

Resulta lícito despedir a un trabajador que esté de baja si la empresa es capaz de justificar causas económicas, técnicas, organizativas o productivas. Cualquiera de estos motivos permitirá considerar un despido como procedente y se indemnizará al trabajador con 20 días por año trabajado y un máximo de 12 mensualidades.

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La simulación de esta baja laboral, o la exageración de la misma para conseguir vacaciones extra o días libres, es también punible con el despido. Además, existen otras faltas como la ausencia reiterada al trabajo sin justificar o las malas conductas, y algunas otras como la transgresión de la buena fe contractual o la disminución continuada y voluntaria del rendimiento en el trabajo, calificadas como despido disciplinario según el art. 54 del Estatuto de los Trabajadores.

Por otro lado, en los casos concretos de baja por enfermedad, los trabajadores cuentan con mayor protección en contra de los despidos, pero las empresas pueden encontrar resquicios, como puede ser el alegato de la coyuntura económica de la compañía. Por ello, hay que tener en cuenta que la enfermedad no es obstáculo para que se produzca un despido, aunque habrá que ver si finalmente este se puede considerar como procedente, improcedente o nulo.

Casos en los que no podemos ser despedidos

Existen una serie de circunstancias que se encuentran más protegidas y, por tanto, cuentan con un amparo legal mayor. Si somos despedidos por alguna de estos motivos, fácilmente podremos recurrir a la justicia para que se considere que el despido es nulo.

Estos casos son el permiso de maternidad, de lactancia, reducción de jornada por cuidado de hijos, así como trabajadores que hayan reclamado sus derechos o se hayan quejado de alguna irregularidad por parte de la empresa o cuando el despido tenga una causa de discriminación prevista legalmente.

Cómo enterarse del despido si estás de baja

En ocasiones si el despido no se realiza de la forma adecuada, el empleado puede llegar a no enterar de que le han despedido al no acudir a su centro de trabajo de manera habitual. Legalmente, la empresa está obligada a notificar al trabajador su despido por escrito. Además, la Tesorería General de la Seguridad Social suele enviar un SMS informando de las altas y bajas.

Cómo actuar ante un despido improcedente

Si se da la situación de que la empresa ha suspendido el empleo sin motivos reales, el trabajador podrá actuar legalmente contra la entidad, ya que esta estará incurriendo en despido improcedente. En primer lugar, no debes aceptar el despido y para ello no firmar el paro y escribir en la comunicación dada por la empresa ‘no conformante’.

A partir de este momento ya se podrán tomar medidas legales siguiendo los plazos establecidos. En el plazo de 20 días a contar desde la fecha en la que se haga efectivo el despido, se debe presentar la alegación formal por el despido ante el Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (Sima). En este tiempo empresa y trabajador intentarán llegar a un acuerdo sin recurrir a la vía judicial. En el caso de que no se llegue a un acuerdo, se tiene un plazo de 20 días para presentar la demanda judicial.

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