Las tarjetas 'revolving' y sus intereses del 24,5% no son consideradas como usura
La polémica en torno a las famosas tarjetas revolving sigue siendo un tema de actualidad tras numerosas demandas judiciales y resoluciones opuestas. El Tribunal Supremo aclaró el pasado mes de mayo los criterios para decidir si una tarjeta revolving es abusiva o si está en línea con el interés normal del dinero.
Una sentencia fija que la referencia que se deberá utilizar para resolver este conflicto: la estadística del Banco de España de la tasa anual equivalente (TAE). Sin embargo, las organizaciones y asociaciones de consumidores critican que este tipo de producto es demasiado abusivo por sus intereses. Pero, ¿realmente se trata de usura?
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Los créditos revolving
Las famosas revolving son un tipo de tarjetas de crédito que permiten aplazar el pago. Mediante su uso, se concede un crédito, decidiendo el prestatario los plazos de devolución. Para ello, se fija una cuota mensual que se va pagando, independientemente la cantidad del crédito que ha utilizado. El crédito se regenera si solo se gasta lo que se amortiza. Y, por otra parte, las cuotas que se dan se suman al crédito concedido, lo que hace que este se regenere.
La usura se refiere a cuándo se estipula un interés mucho superior al normal y desproporcionado con las circunstancias. El nuevo auto emitido el 4 de mayo de 2022 confirma que el precio de una tarjeta revolving contratada en 2006 con una TAE del 24,5% no es usurario.
En este sentido, ha determinado que no se puede tomar como referencia el precio del crédito al consumo, sino que tiene mayor importancia valorar los precios empleados por las principales entidades bancarias que operan en el mercado de las tarjetas revolving para saber el 'precio normal del dinero' para este tipo de producto.
Muchas reclamaciones
Desde hace meses, las reclamaciones por las abusivas tarjetas revolving han presentado resultados muy diferenciados, pues ante la falta de un criterio unificado establecido por ley, es complicado decretar a partir de qué valor se considera usurario un tipo de interés.
Muchos expertos han criticado esta última sentencia del Supremo pues considera que no tiene en cuenta la falta de transparencia de este proceso, ya que normalmente el usuario llega a contratarlas en situaciones angustiosas y desde la inexperiencia.
Por tanto, todo apunta a que el Tribunal Supremo ha confirmado las limitaciones de las Sentencias del Pleno de 2015 y de 2020 y ha optado por reinstaurar que la TAE de las tarjetas de crédito revolving comercializadas por las grandes entidades en España operan dentro de la normalidad del mercado y no son usurarias.
Una vez acabado el debate relacionado con la usura de las tarjetas revolving, parece que la disputa se centrará en el control de transparencia.
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