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Se acabaron las pruebas: ¿se avecina una ola de pleitos por el teletrabajo?

El Congreso de los Diputados ha aprobado la nueva ley del trabajo a distancia. La regulación de esta nueva modalidad de trabajo forzada por la pandemia se ha convertido en una prioridad. Lejos de ser una moda pasajera, empresas y sindicatos necesitan contar con una normativa clara que defina y garantice derechos y obligaciones de todas las partes.

Ha sido un año de 'ensayo', donde la prueba y el error han marcado el desarrollo de la mayoría de las actividades. Era una situación para la que no existían precedentes que nos sirvieran de guía. Pero el periodo de prueba ha finalizado y necesitamos un marco legal solvente al que acogernos, ya que, según los expertos, la vuelta inminente a las oficinas podría generar una multitud de causas legales.

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El número de sentencias que incluyen el término “teletrabajo” han aumentado considerablemente durante el úlitmo año. Foto: Getty Creative.
El número de sentencias que incluyen el término “teletrabajo” han aumentado considerablemente durante el úlitmo año. Foto: Getty Creative. (Susumu Yoshioka via Getty Images)

Un total de 4.405.320 personas disponen de la opción de teletrabajo en España, lo que supone el 22,3% del total de población ocupada. Además de aumentar el número de trabajadores en remoto, esta situación también ha provocado que se incrementen el número de sentencias que incluyen el término “teletrabajo”. Según la base de datos jurídica La Ley Digital, de 2019 a 2020 estas se han duplicado, pasando de 182 a 349.

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¿Qué dice la ley?

La nueva ley del trabajo a distancia establece que los empleados podrán solicitarle a la empresa cambiar sus labores presenciales a trabajo en remoto manteniendo todos los derechos y condiciones. Esta ley procede del Real Decreto-ley que el Gobierno aprobó en septiembre que regulaba este bum de oficinas en casa. La norma ya recogía la voluntariedad del teletrabajo, aunque determinaba que el empleado necesitaba una causa de peso para exigir quedarse en casa.

En los demás casos, es necesario un acuerdo escrito que recoja los contenidos mínimos que desgrana la ley, como cuánto durará el régimen, los equipos que necesitará el empleado, los gastos, los horarios o las posibles medidas de control. Además, se trata de un pacto reversible, que puede deshacerse si se mantiene el preaviso.

¿Ola de pleitos?

Estos contenidos mínimos son precisamente los que pueden generar más conflictos. La legislación no entra en detalles sobre cómo se deben negociar estos puntos y es un área que mezcla cuestiones tan diversas como la conciliación, el registro de jornada, el control de horarios, la protección de datos o la desconexión digital.

La vuelta a las oficinas

Aún no tenemos claro cuándo se producirá, pero la vuelta a las oficinas traerá más pleitos, tal y como aseguran los expertos. ¿Los motivos? Habrá empleados que no quieran volver a las oficinas y, por otro lado, habrá empresas que querrán imponer el trabajo a distancia. Esta situación puede chocar con el deseo de regresar de los trabajadores.

La vuelta a las oficinas puede traer muchos malentendidos. Las personas trabajadoras pueden pensar que han adquirido derechos que realmente no existen, como acogerse unilateralmente a teletrabajar. Por otra parte, las empresas pueden aprovechar la coyuntura para alterar condiciones laborales cuando no toca.

Por el momento, la Ley de trabajo a distancia ya va camino del Senado, tras ser aprobada por el Congreso. La novedad más importante es que incorpora una enmienda que actualiza las sanciones de la Inspección de Trabajo. El tiempo dirá si la ley funciona o hay que reformarla en un futuro.

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