Anuncio
Mercados españoles abiertos en 6 hrs 55 min
  • S&P 500

    5.070,55
    +59,95 (+1,20%)
     
  • Nasdaq

    15.696,64
    +245,33 (+1,59%)
     
  • NIKKEI 225

    37.552,16
    0,00 (0,00%)
     
  • Dólar/Euro

    1,0704
    0,0000 (-0,00%)
     
  • Petróleo Brent

    88,49
    +0,07 (+0,08%)
     
  • Bitcoin EUR

    62.173,10
    -256,21 (-0,41%)
     
  • CMC Crypto 200

    1.428,98
    +14,22 (+1,00%)
     
  • Oro

    2.337,30
    -4,80 (-0,20%)
     
  • HANG SENG

    16.828,93
    +317,24 (+1,92%)
     
  • Petróleo WTI

    83,45
    +0,09 (+0,11%)
     
  • EUR/GBP

    0,8594
    -0,0001 (-0,01%)
     
  • Plata

    27,33
    -0,04 (-0,14%)
     
  • IBEX 35

    11.075,40
    +185,20 (+1,70%)
     
  • FTSE 100

    8.044,81
    +20,94 (+0,26%)
     

¿Qué opciones tienen los inversores ante el rescate de Duro Felguera?

¿Qué opciones tienen los inversores ante el rescate de Duro Felguera? 
¿Qué opciones tienen los inversores ante el rescate de Duro Felguera?

Hablamos con Carlos Pavón, socio director de Gaula Abogados sobre los próximos pasos que se tendrán que dar en Duro Felguera después de que la SEPI haya acordado su rescate y ante la aprobación formal por parte del gobierno.

1. Una vez sean aprobados los documentos por los órganos sociales del grupo, la operación se elevará al Consejo de Ministros para su autorización. ¿Cuáles son los próximos pasos?

El rescate del Estado a Duro Felguera se enmarca en las actividades del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas creado el pasado 03/07/2020 para dar apoyo financiero a empresas que sean consideradas estratégicas para el conjunto de la economía y que arrastren dificultades a raíz de la pandemia. Es por ello que se deben cumplir varios requisitos para acceder a esta ayuda, los cuales deben ser verificados por el Consejo Gestor del Fondo y aprobados por el Consejo de Ministros, lo que refrendará la inyección financiera solicitada por la compañía. A este respecto, es importante que puedan constatar si la empresa cumple con el requisito de no estar incursa en una situación de crisis a 31/12/2019, ya que el objeto del Fondo no es rescatar a empresas cuya situación de dificultad hubiera acontecido con anterioridad a la pandemia.

Una vez aprobado, en su caso, por el Consejo de Ministros el acuerdo, Duro Felguera podrá percibir los fondos acordados por la vía de préstamo participativo (pasivo exigible en condiciones especiales y con retribución acorde a los resultados que obtenga la compañía), crédito ordinario (pasivo exigible en condiciones normales) y ampliación de capital (participación del Fondo en el accionariado de la empresa). Por tanto, con la aprobación del acuerdo la empresa podrá eludir la entrada en un proceso concursal, ya que no consta que la entrada de un nuevo inversor haya sido condición para la entrada del Fondo estatal en la compañía. Por ello, una vez obtenida la ratificación del Consejo de Ministros, deberá convocarse una Junta General Extraordinaria de accionistas para la aprobación por la empresa de los distintos acuerdos, tras lo cual resultarán plenamente ejecutivos.

2. ¿Cuánto tiempo se puede extender este proceso?

El proceso que se ha articulado para el rescate de la compañía es sumamente ágil, ya que está supeditado únicamente a la aprobación por el Consejo de Ministros de la solicitud recibida por parte de la empresa (está prevista para la próxima semana) y su posterior aprobación por Junta General Extraordinaria de accionistas, la cual, conforme al artículo 22.4 de los Estatutos Sociales de la compañía deberá convocarse con una antelación de un mes a su celebración.

3. ¿Qué pasa si Duro Felguera no consigue otro inversor?

Conforme a la información publicada, la entrada de un socio inversor en la compañía no ha sido condición para la aprobación del acuerdo de rescate por parte del Fondo estatal, sino que se establecen distintas condiciones de financiación, en función de si se logra o no la entrada de dicho socio inversor. En este sentido, el acuerdo de rescate está previsto que se extienda hasta 2025, de forma que si la compañía no logra la entrada de un socio inversor en las condiciones establecidas en el acuerdo, se llevará a cabo la reestructuración de la financiación concedida por el Fondo estatal, con presumible subida de intereses, en los términos previstos en el propio acuerdo.

4. ¿Hay riesgo de liquidación de los bienes si no se llega a un acuerdo para refinanciar la deuda?

La empresa no ha entrado en un proceso concursal, sino que ha alcanzado un acuerdo con el Fondo estatal para la inyección de liquidez por varías vías (préstamo participativo, crédito ordinario y ampliación de capital), de conformidad con el Plan de Viabilidad presentado a la SEPI, el cual consta que ha sido subsanado al menos en una ocasión (comunicación de hecho relevante por parte de la empresa a la CNMV, de fecha 22/02/2021).

5. ¿Qué alternativas tienen los inversores que se hayan quedado en el valor?

En relación con los inversores existentes, debemos distinguir a los que participan en el capital (accionistas) y al resto; los primeros obtendrán información directa acerca de la situación de la compañía y los acuerdos alcanzados con el Fondo estatal en el marco de la Junta General Extraordinaria que se celebre próximamente para su aprobación por la compañía, por lo que serán conocedores directos de las premisas del Plan de Viabilidad de la empresa y situación actual de sus inversiones. En cuanto a los segundos, su condición de acreedores de la empresa cotizada únicamente les permite obtener información de la compañía a través de la publicación periódica de sus estados financieros a través de las comunicaciones remitidas a la CNMV.

En todo caso, cabe resaltar que el acuerdo alcanzado se fundamenta en el Plan de Viabilidad de la empresa para el período 2021 – 2025, dado lo cual habrá de estar al cumplimiento de los términos previstos en el citado Plan para el seguimiento por los inversores de sus respectivas posiciones en la compañía.