Filomena y el escándalo de Zara: ¿tiene un trabajador derecho a abandonar su puesto por un temporal?
El pasado viernes, la borrasca Filomena empezaba a hacerse notar en España. Tanto pequeñas cadenas como grandes negocios tuvieron que echar el cierre antes de su horario habitual, ante la inminente nevada que podría llegar a cortar las carreteras. Sin embargo, el caso de unos empleados de Zara hizo saltar la alarma en redes sociales.
La decisión de no adelantar la hora de cierre mantuvo atrapadas a un centenar de personas en el centro comercial Gran Plaza 2: ante el colapso de las carreteras, muchos empleados se vieron obligados a hacer noche en la tienda. La nieve no pillaba a nadie por sorpresa: ya se venía anunciando una semana atrás, pero aun así los protocolos de emergencia resultaron ser insuficientes.
Otros trabajadores señalaron que sí habían podido salir antes de su puesto de trabajo, pero también confirmaron que muchas de las tiendas seguían abiertas cuando abandonaron el edificio. De hecho, empleados de otros centros comerciales afirmaron que habían vivido la misma situación que en el Gran Plaza 2.
En redes sociales, los usuarios se cebaron principalmente con la figura de Amancio Ortega. La misma usuaria que sí consiguió acabar su turno antes aclaró que se trata de una decisión de los responsables de tienda, que decidieron enviar a los empleados a casa a las siete de la tarde. Esta trabajadora especificó que las decisiones no las toma el dueño de Inditex, sino la persona responsable de la tienda.
Otros usuarios comentaron que el personal de tienda realmente no tiene autoridad alguna sobre el cierre, sino que las decisiones las tiene que dar el responsable de recursos humanos, el de operaciones o el gerente del centro comercial.
¿Quién debe asumir responsabilidad en estos casos? ¿Existe una ley que permita al trabajador abandonar su puesto de trabajo antes de su hora habitual por condiciones meteorológicas adversas?
¿HAY ALGUNA LEY QUE PROTEJA A LOS TRABAJADORES EN ESTOS SUCESOS?
El Gran Plaza 2 informó en un comunicado oficial que el centro comercial permaneció abierto hasta las ocho de la tarde el pasado 8 de enero. Afirmó que cada operador es libre de tomar su propia decisión o de acatar las normas de las centrales ante la situación excepcional vivida a causa de la alerta por nieve, sin ser sancionados en absoluto. El comunicado especificó que hubo operadores que tardaron más en reaccionar que otros y que a partir de cierta hora se hizo casi imposible abandonar el centro comercial en coche.
Aclararon que no se amenazó con penalizar a todos aquellos que cerrasen antes de las diez, la hora habitual de cierre. Es decir, en contra de lo que muchos usuarios asumían en redes sociales, lo más probable es que nadie obligase los trabajadores a hacer su turno completo, pero no reaccionaron con el suficiente tiempo para que pudieran volver a sus casas con seguridad. Además, parte de las personas atrapadas fueron clientes.
La pregunta es: ¿puede el trabajador decidir por cuenta propia que quiere salir antes del puesto ante peligro inminente? Álvaro San Martín, abogado laboralista del Bufete Casadeley, reconoce que se trata de un caso muy específico, pero que sí existe cobertura legal para estas situaciones.
Esta se recoge en el artículo 21 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, que señala en el punto número 2 que “el trabajador tendrá derecho a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo, en caso necesario, cuando considere que dicha actividad entraña un riesgo grave e inminente para su vida o su salud”.
Este tipo de supuestos suelen estar contemplados en sectores como la construcción, donde la posibilidad de riesgo inminente es mucho mayor que en el textil. El Convenio Colectivo del sector Comercio Textil de Madrid no da ninguna licencia al trabajador para abandonar su puesto, pero la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, superior a este convenio, sí podría ampararle en este caso.
El abogado afirma que lo más sensato antes de tomar esa decisión es que el trabajador avise con pruebas claras a su responsable de que existe un riesgo grave e inminente para su salud y para su vida. En caso de ser sancionado, el empleado deberá justificar siempre los alegados perjuicios para el abandono de su puesto de trabajo.
En conclusión, los empleados del Zara sí podrían haber abandonado su puesto, pero habría sido mucho menos complejo si los operadores hubiesen actuado con más agilidad. Convendría, por tanto, tener preparado un protocolo de actuación en caso de nevada. Aunque este fenómeno meteorológico no sea muy común en España, un reglamento con medidas excepcionales podría haber ahorrado este amargo trago a decenas de personas.
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