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Estas son las cosas que nunca deberían cobrarte en un bar

En una sociedad de libre mercado, los precios de los establecimientos hosteleros son libres. Por el mismo refresco te pueden cobrar 2 o 10 euros, y siempre será legal cuando el precio esté debidamente reflejado en la lista de precios del establecimiento. No obstante, es cierto que existen ciertos productos que no deben ser cobrados en la cuenta final.

Es por ello, que, si no tenemos en cuenta esto, en muchos establecimientos nos podemos llevar una sorpresa desagradable al ver el precio final de la cuenta. ¿Tienes claro lo que deben o no cobrarte cuando vas a comer fuera de casa? Desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), destacan cinco cosas que en Hostelería nunca deberían cobrar a los clientes.

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Estas son las cosas que nunca deberían cobrarte en un bar. Foto: Getty Creative
Estas son las cosas que nunca deberían cobrarte en un bar. Foto: Getty Creative (Weedezign via Getty Images)

El IVA

Una de las prácticas ilegales que se produce de forma más común en restaurantes o bares, es implementar el IVA del 10 por ciento al precio reflejado en la carta. Y es que, aunque en dicho lugar indique que en los precios no está incluido el IVA esto es ilegal. Los precios que se comuniquen en la carta o lista de precios ya deben llevarlo ya sumado.

El plus de reserva

Tampoco es legal que un bar te cobre un plus por la reserva. Lo que sí pueden hacer es cobrarte un adelanto para posteriormente descontarlo de la factura final. Además, teniendo en cuenta la situación actual, si una de las reservas se cancela por COVID-19, al tratarse de una cuestión de fuerza mayor, esta justificaría la cancelación del mismo y por tanto tendrías derecho a recuperar tu dinero. En el caso de los suplementos por mesa o terraza son totalmente legales, siempre y cuando esté especificado por el establecimiento, con la cuantía correspondiente. De nuevo es preciso haber informado con antelación del importe, indicándolo en la carta. Deberá aparecer también en la factura.

Suplemento por Covid

Cuando empezó la 'nueva' normalidad y los restaurantes y bares volvieron a abrir sus puertas, muchos de ellos empezaron a cobrar un suplemento por Covid-19, que suponía en cierto modo que el gasto que el local hacía por la desinfección y limpieza acababa siendo cubierto por el cliente. La OCU explica que el usuario no debería verse afectado por estas medidas, pero que si así fuera, siempre se debe informar claramente por adelantado y el usuario tiene que aceptarlo expresamente.

El cubierto

En muchas ocasiones, los establecimientos cobran el servicio o el cubierto de tu comida o cena. Es decir, en muchos lugares te cobran un añadido por haber sido servido o por la vajilla. Estos elementos deben de ir ya incluidos en el precio final, de ningún modo pueden cobrarte un suplemento por ello. Y es que, este tipo de establecimientos suele lucrarse con estos añadidos que bajo ningún concepto son legales.

Elementos que sí te pueden cobrar

Existen otros muchos elementos por los que nos pueden cobrar que sí son legales, este es el caso del aperitivo que no has pedido. Eso sí, siempre y cuando lo indiquen así en la carta o lista de precios. Si no es así, pregunta si es gratis, y ten en cuenta que si lo consumes cuando te lo pongan, te lo podrán cobrar. En el caso del agua, si pides agua del grifo te la suelen servir sin obligarte a pagar por ello. Ahora bien, si lo recogen en la lista de precios, legalmente podrían hacerlo. Desde la OCU llevan años reclamando una ley nacional que obligue a los establecimientos de hostelería y restauración a ofrecer de forma gratuita a sus clientes la famosa jarra de agua, como alternativa a la oferta que tenga el establecimiento de agua envasada.

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