Anuncio
Mercados españoles cerrados
  • IBEX 35

    10.729,50
    -35,50 (-0,33%)
     
  • Euro Stoxx 50

    4.918,09
    -18,48 (-0,37%)
     
  • Dólar/Euro

    1,0654
    +0,0008 (+0,07%)
     
  • Petróleo Brent

    87,50
    +0,39 (+0,45%)
     
  • Oro

    2.408,60
    +10,60 (+0,44%)
     
  • Bitcoin EUR

    60.495,46
    +1.539,20 (+2,61%)
     
  • CMC Crypto 200

    1.388,01
    +75,39 (+5,75%)
     
  • DAX

    17.737,36
    -100,04 (-0,56%)
     
  • FTSE 100

    7.895,85
    +18,80 (+0,24%)
     
  • S&P 500

    4.980,06
    -31,06 (-0,62%)
     
  • Dow Jones

    37.989,98
    +214,60 (+0,57%)
     
  • Nasdaq

    15.353,50
    -248,00 (-1,59%)
     
  • Petróleo WTI

    83,43
    +0,70 (+0,85%)
     
  • EUR/GBP

    0,8608
    +0,0052 (+0,61%)
     
  • Plata

    28,75
    +0,37 (+1,30%)
     
  • NIKKEI 225

    37.068,35
    -1.011,35 (-2,66%)
     

El Supremo decide que el cliente debe pagar el impuesto de las hipotecas tras un agrio debate

La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha decidido volver a la jurisprudencia que había estado vigente durante las últimas décadas y que ordena que el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) tiene que pagarlo el cliente. La votación se ha decidido por 15 votos a favor y 13 en contra, en un debate reñido que se ha decantado a última hora por el cambio en el voto del presidente de la Sala

De esta forma el alto tribunal rectifica la reciente doctrina, dictada hace tres semanas, que imponía a la banca el pago de este gravamen.

Vista de la fachada del Tribunal Supremo. EFE/Archivo
Vista de la fachada del Tribunal Supremo. EFE/Archivo

La decisión sobre la jurisprudencia era ampliamente esperada en la sociedad española y en el sector bancario, después de que a mediados de octubre el Tribunal Supremo determinara en una sentencia de la Sección Segunda de la misma Sala que debían ser los bancos, y no los clientes, los que tenían que abonar los impuestos sobre actos jurídicos documentados por la constitución de hipotecas, lo que supuso un cambio de criterio en las decisiones que había tomado durante los últimos 20 años.

ANUNCIO

Ese movimiento levantó un gran revuelo porque se abría la puerta a que los clientes que ya tenían hipoteca reclamaran a los bancos la devolución del impuesto, lo que supondría un golpe importante para las cuentas de las entidades financieras.

Impacto en la banca

La decisión inicial del Supremo supuso una fuerte caída en bolsa de los bancos, con estimaciones de costes que iban entre 640 millones de euros y 17.000 millones de euros para el conjunto del sector en función de la posible retroactividad y que también habría afectado al déficit público.

Al mismo tiempo, las asociaciones de usuarios y de defensa de los consumidores insistían en la aplicación de la nueva doctrina.

Sin embargo, unos días después, el Supremo decidió revisar su fallo por la “enorme repercusión econonómica y social” que suponía el “giro radical” del criterio jurisprudencial. Hasta que, finalmente hoy, y tras haber estado dos días deliberando en un debate reñidísimo entre sus 28 miembros, ha terminado dando la razón a los bancos y volviendo al criterio anterior.

Intenso debate y críticas muy duras

Tras casi 16 horas de deliberaciones y un agrio debate, por 15 votos contra 13 el pleno ha decidido esta tarde desestimar los recursos planteados y volver al criterio según el cual el sujeto pasivo del impuesto de actos jurídicos documentados en los préstamos hipotecarios es el prestatario. No obstante, los detalles del fallo se conocerán en los próximos días.

Las asociaciones de consumidores se han apresurado a criticar con dureza el fallo, y mientras Facua acusaba al sector financiero de difundir mensajes “engañosos y alarmistas” para no tener que asumir el impuesto, Adicae calificaba la decisión de “anómala y extraña”, y avanzaba su intención de impugnarla “en España y en Europa”.

El dictamen conocido hoy deja de momento sin posibilidad de recuperar el importe abonado por este concepto a 1,5 millones de hipotecados.

De haberse mantenido que era la banca la que debía hacerse cargo de la tasa, las comunidades autónomas, que son las que lo han recaudado porque se trata de un impuesto transferido, se habrían enfrentado a un impacto que técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) cifraron en 3.631 millones de euros.

Una cuantía que supone el importe abonado por 1,5 millones de contribuyentes en los últimos cuatro años, esto es, el período no prescrito fiscalmente. En cuanto a las entidades financieras, las patronales bancarias, AEB, CECA y Unacc, han destacado hoy que la decisión adoptada por el Supremo preserva la seguridad jurídica necesaria para el buen funcionamiento del mercado.

En un comunicado conjunto, inciden en que el Tribunal Supremo ha confirmado que, como venía ocurriendo hasta ahora y de acuerdo con la normativa vigente durante más de 20 años, el sujeto pasivo del impuesto en la constitución de hipotecas es el prestatario, es decir, el cliente.

Reacciones políticas

En el terreno institucional, el Gobierno prevé fijar el próximo jueves su posición sobre el fallo, y fijará su posición en la reunión del Consejo de Ministros del próximo jueves.

La reacción más contundente ha sido la de Unidos Podemos, que ha convocado una manifestación para el próximo sábado a las puertas del Tribunal Supremo, para protestar por este nuevo cambio de criterio sobre el impuesto de actos jurídicos documentados.

Artículos relacionados que te pueden interesar:

La OCU pide la dimisión del presidente de la Sala Tercera del Supremo

Iglesias pide que “la vergüenza y la rabia se conviertan en una gran movilización” tras la sentencia del Supremo sobre las hipotecas