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Comienza la campaña de la Renta 2012: Novedades en el calendario y atentos a los teléfonos gratuitos y enlaces de interés

El plazo para solicitar el borrador comienza este martes

Logo Agencia Tributaria

Como todos los años llega la hora de rendir cuentas finales con Hacienda sobre el Impuesto de la Renta de 2012. Un momento esperado por muchos y temido por otros.

En esta nueva campaña, la Agencia Tributaria ha adelantado el calendario para las declaraciones que se presenten por Internet, de tal manera que podrán presentarse a partir del 24 de abril, frente al plazo oficial que comienza el próximo 3 de mayo, como es habitual todos los ejercicios.

El organismo también ha adelantado una semana, desde este martes, la petición y confirmación del borrador del IRPF (solicitar borrador) de los datos fiscales con respecto a la campaña anterior, en la que el plazo se abrió el 10 de abril.

[Relacionado: Consulta toda la información sobre la renta en nuestro Especial]

Una de las novedades de este año es que la Agencia Tributaria enviará el borrador del IRPF de 2012 a un número mayor de contribuyentes que hasta ahora quedaban fuera de este servicio por la mayor complejidad de sus declaraciones.

Una vez que se reciba el borrador, se debe revisar, pudiendo en su caso completar o modificar la información recogida en el mismo antes de proceder a su confirmación. El plazo para la confirmación por vía telemática arranca también hoy y concluye el 1 de julio.

[Más: Ya tengo el borrador de la declaración de la Renta, ¿ahora qué tengo que hacer?]

Recordemos que están obligados a declarar aquellos contribuyentes que tengan rentas superiores a 22.000 euros anuales y aquellos que, aún teniendo rentas del trabajo inferiores a los 22.000 euros anuales, se hayan aplicado deducciones por inversión en vivienda, por cuenta ahorro-empresa, por doble imposición internacional, así como reducciones en la base imponible por aportaciones a planes de pensiones, a mutualidades de previsión social, a planes de previsión asegurados o a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad.

Por el contrario, no tendrán que declarar los contribuyentes que hayan obtenido en el ejercicio 2012 rentas procedentes exclusivamente de fuentes, en tributación individual o conjunta, como rendimientos íntegros del trabajo con el límite general de 22.000 euros anuales cuando procedan de un solo pagador y no se hayan aplicado las citadas deducciones.

También se pueden realizar consultas así como recabar información a través de los teléfonos que pone la Agencia Tributaria a disposición del contribuyente. Cuidado con los servicios de pago que florecen en Internet, porque solo son meros intermediarios no oficiales, innecesarios, que dan acceso a los servicios de atención al ciudadano de la administración tributaria, que son gratuitos si se accede de forma directa.

La propia Agencia alerta en su página web de la existencia de esos servicios de pago, canalizado  a través de números 905, que intentan confundir a los usuarios para obtener ingresos.

Los teléfonos de información que ha habilitado la Agencia son:

- 901 33 55 33  - Información tributaria
- 901 200 345  - Centro de atención telefónica
- 901 12 12 24  - Servicio automático

Puedes consultar cómo va la devolución de tu declaración en esta página de la Agencia, aunque todavía no está disponible el enlace al ejercicio 2012:

La Agencia también pone a disposición del ciudadano sus guías y manuales sobre la Renta y el Patrimonio, todavía pendientes de actualizar con las novedades de 2012.

Dispones también de un vídeo explicativo y el acceso al programa de ayuda para realizar la declaración, el programa Padre.

IDNet Noticias