Acuerdo de Basilea II
También conocido como Nuevo Acuerdo de Capital de Basilea, es un documento elaborado por el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea, en cooperación con la IOSCO, que determina los requerimientos mínimos del capital de las entidades financieras en función de sus diferentes riesgos (riesgo de crédito, riesgo de mercado de la cartera de negociación y de la posición en divisas y riesgo operacional). También analiza los principios básicos del proceso de supervisión y fomenta la disciplina de mercado mediante el desarrollo de una serie de requisitos de divulgación que permitan a los agentes del mercado evaluar la información sobre el capital, la exposición al riesgo y los procesos de medición de la entidad financiera. El Comité de Basilea no tiene capacidad normativa, por lo que sus directrices deben ser convertidas en legislación por cada uno de sus miembros.