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Por qué tu jefe ya no puede obligarte a darle tu mail y tu número de móvil

La empresa no podrá obligar al trabajador a facilitar el teléfono móvil y el correo electrónico en el contrato. Así lo asegura el Tribunal Supremo en una sentencia en la que declara abusiva la cláusula del contrato de trabajo que obliga a los trabajadores a facilitar dichos datos personales.

El Supremo argumenta que esos datos no se deben considerar imprescindibles para el desarrollo del trabajo y recuerda que hasta hace no mucho las relaciones laborales funcionaban sin ellos. Eso sí, reconoce que "pudiera resultar deseable” que el trabajador los ofreciera de forma voluntaria, como una muestra de la progresiva pujanza telemática en todos los ámbitos.

La sentencia aclara que el trabajador es la parte más débil y, por su deseo de obtener el puesto de trabajo, no es completamente libre de elegir si quiere o no facilitar esos datos personales a la empresa.

La resolución del Supremo confirma una sentencia de la Audiencia Nacional, que en enero de 2014 daba la razón a la Federación de Servicios Financieros y Administrativos del sindicato CC.OO. frente a la empresa Unisono. En aquella ocasión, la clausula empresarial decía que "cualquier tipo de comunicación relativa a este contrato, a la relación laboral o al puesto de trabajo podrá ser enviada al trabajador vía mensaje SMS o vía correo electrónico, mediante mensaje de texto o documento adjunto al mismo, según los datos facilitados por el trabajador a efectos del contacto.”

Incluir esa clausula obliga al trabajador a disponer de móvil e Internet propios y a consultarlos con frecuencia, por si la empresa utiliza estos medios para comunicarle cualquier asunto referente a su relación laboral, así como a estar disponible para la empresa fuera de las horas de trabajo.

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Por esa regla, parece que el trabajador también podría verse obligado a usar el teléfono para atender asuntos de trabajo, abonar la factura que toque y acudir a la oficina si le llaman, sea la hora que sea. Y si nos sale un jefe autoritario, controlador o adicto al trabajo, nos puede estropear hasta la siesta del sábado.

No parece lógico plantear que los empleados estén localizables y disponibles las 24 horas durante los 7 días de la semana, cuando normalmente las empresas tienen medios suficientes para notificar al trabajador cualquier decisión en el centro de trabajo y en su domicilio, y además no hay reciprocidad.

Pero incluso aquí surgen voces críticas: vivimos hiperconectados. Esta es la sociedad de la información, los españoles tenemos más de 52 millones de teléfonos móviles que equivalen a 112 líneas por cada cien  habitantes (incluidos ancianos y recién nacidos) y el 76% de los hogares tienen Internet.

Con un nivel de paro del 22,7% en España, cifra que llega casi al 50% entre la población juvenil, no será fácil negarse a facilitar los datos del móvil y el correo personal a quienes nos den trabajo. Eso sí, siempre se puede alegar “lo siento, he cambiado de número” o “lo tenía descargado” cuando entra una llamada inoportuna.

IDNet Noticias

@maribelrodrigo