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Los intereses por retraso en las nóminas que los trabajadores no suelen reclamar

Ocurre habitualmente o por lo menos más veces de las que se piensa, y no suele ser reclamado por los trabajadores. Hablamos de los retrasos en el pago de las nóminas. Una demora de este tipo implica una compensación en forma de intereses que asciende al 10% anual, según la ley española. Eso es lo que dice la norma pero los trabajadores no suelen reclamarlo y podrían hacerlo. No se hace porque suelen ser cantidades pequeñas y si la empresa se resiste a pagarlo hay que abrir un litigio con la compañía, es decir, hay que enfrentarse poniendo una demanda.

Muchas empresas recurren a retrasar el pago de los salarios de sus trabajadores por problemas económicos o por simple y pura conveniencia. Desde un punto de vista conceptual y legal, el trabajador no tiene por qué asumir ese coste. Los trabajadores por cuenta ajena no están formalmente condicionados por ley a los problemas económicos que pueda tener la empresa, y de ahí que se regule el derecho a reclamar una compensación.

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En estos casos, el trabajador tiene el derecho a reclamar intereses de demora sobre la cantidad y el periodo en que ha habido retraso. Le ampara el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores, que dice que si el empleador se retrasan en el pago, tienen que pagar el 10 % anual de interés, o el 0,83% mensual, según explican los expertos de la web laboro-spain.blogspot.ie.

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Es decir, que si una empresa demora el pago de una paga extra tres meses, por ejemplo, el trabajador tendría derecho a reclamar el 10% del monto de esa paga por el periodo proporcional del año en que haya habido retraso. En este caso serían tres meses según la doctrina emanada del Tribunal Supremo.

El trabajador tiene derecho a recibir esa compensación incluso aunque no interponga una demanda individual por esa demora. Es decir, que es un derecho sobrevenido aunque si la empresa no se aviene a reconocerlo, hay que reclamarlo.

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Si el retraso afecta a un conjunto de trabajadores el comité de empresa puede interponer una demanda colectiva y en caso de obtener el respaldo judicial, la compensación afecta a toda la plantilla.

También se pueden reclamar intereses de demora en una demanda de diferencias salariales, aquella en que un trabajador reclama una retribución mayor porque demuestra que las funciones que ha desempeñado son de una categoría laboral superior a la que el pertenece. Si la justicia reconoce esa diferencia salarial, los intereses de demora también se reconocen.

IDNet Noticias
@Jorcha