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Golpe mortal a la discriminación entre trabajadores fijos y temporales

La discriminación de los trabajadores temporales e interinos frente a los fijos en términos de indemnización por despido parece tener los días contados. Una sentencia histórica del tribunal de Justicia Europeo ha establecido que los trabajadores temporales e interinos tengan la misma indemnización si se les echa que los empleados fijos. Estos últimos perciben 20 días de sueldo por año trabajado y los temporales sólo 12.

La sentencia ha puesto patas arriba el mundo de las relaciones laborales pero lo cierto es que el escenario es de una confusión grande. En España hay 4 millones de trabajadores temporales y 300.000 interinos.

Pero el asunto no es sencillo ni mucho menos. Los expertos tienen opiniones diferentes sobre el alcance y el momento de entrada en vigor de este nuevo criterio. Algunos consideran que no está claro si la sentencia afecta sólo a los trabajadores interinos o a todos los temporales, ni si los interinos deberán equipararse con el resto de temporales o con los fijos en el caso de que hagan la misma función que estos.

La sentencia es alambicada porque para reconocer el derecho a cobrar 20 días por año obliga a examinar cada uno de los contratos de duración determinada para comprobar si su temporalidad es “inherente” a la tarea, justificativa de no llevarla a cabo mediante un contrato indefinido y, de no justificar aquella, “venir obligada la empresa a abonar la indemnización de 20 días de salario por año de servicio”.

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Pero desde ahora los jueces pueden aplicar la sentencia en sus resoluciones laborales. Para evitar que todo recaiga en la interpretación que hagan los magistrados sobre esta sentencia, los expertos consideran que el Gobierno, cuando lo haya, debe ponerse manos a la obra para cambiar la legislación al respecto. Esto no lo puede hacer un ejecutivo en funciones así que será una de las patatas calientes que esperan al nuevo consejo de ministros. En todo caso, el Ejecutivo tiene cinco años para modificar el marco legal en el sentido que impone la sentencia.

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CCOO ya ha anunciado que va a promover “acciones judiciales para asegurar el pago de las diferencias económicas a todas las personas afectadas por una extinción de su contrato temporal en el último año”. Por su parte, UGT ha pedido que se modifique con carácter inmediato el Estatuto de los Trabajadores. Además, los servicios jurídicos del sindicato están estudiando si el fallo podría aplicarse con carácter retroactivo, es decir, si los trabajadores temporales que ya han sido despedidos podrían reclamar la diferencia de indemnización.

Muchos expertos opinan sin embargo que esta sentencia no puede aplicarse de forma retroactiva y por tanto sólo beneficiaría a los temporales e interinos despedidos a partir de ahora. El lío está servido y se agrava con el vacío de poder que hay en España. Pero lo que está claro es que la regulación de los trabajadores temporales e interinos va a cambiar de forma drástica y que la dualidad existente entre ellos y los fijos va a casi desaparecer. De hecho, algunos juristas ya avanzan que esta sentencia pone en bandeja de plata el que se instaure el contrato único para todos los trabajadores.

IDNet Noticias

@Jorcha