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Otros métodos que no son dinero para pagar a tus empleados

Los trucos y secretos del pago en especie. // Los cambios del Gobierno, un golpe a la nómina.

Remunerar el trabajo de los empleados con dinero es lo habitual, pero existen también otras formas complementarias para pagar a la plantilla. Es el llamado pago en especie o la retribución del trabajador mediante la entrega o concesión de determinados bienes o beneficios.

Tiene carácter excepcional, al primar siempre el pago en metálico, y su establecimiento sólo es admisible si existe ley, convenio colectivo o pacto, expreso o tácito, que lo autorice. Nunca debe ser una imposición unilateral del empresario. En todo caso, la Ley fija un tope genérico del 30% del total de las percepciones salariales a percibir al que puede ascender el pago en especie. Además, su percepción no puede minorar la cuantía íntegra en dinero del salario mínimo interprofesional, que hoy día está fijado en 645 euros mensuales en 14 pagas.

A la hora de pagar y recibir pagos en especie, empresario y trabajador deben tener en cuenta que desde principios de este año tanto el empleador como el empleado están obligados, cada uno en la proporción que le corresponde, a cotizar a la Seguridad Social por estos conceptos.

Desde este año, las aportaciones a los fondos de pensiones privados y otras prestaciones que mejoren las que ofrece la Seguridad Social, excepto la de incapacidad temporal, pasan a integrarse en la base de cotización, lo mismo ocurre con los vales de comida, que cotizan desde el primer euro percibido por el trabajador. Hasta ahora solo se integraban en las cuotas a la Seguridad Social cuando excedían los nueve euros al día. Un verdadero golpe a la nómina y a la cuenta de resultados de las empresas.

Otros beneficios sociales que han pasado a estar gravados por la Seguridad Social son las ayudas de guardería o las dietas de transporte. Estas últimas pasan a cotizar desde el primer euro. Antes solo lo hacían cuando el monto excedía el 20% del IPREM (en total 639 euros al mes). Las primas de responsabilidad civil, que hasta ahora estaban exentas, pasan a cotizar totalmente.

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Por lo que respecta a los seguros médicos lo hacen a partir de los 500 euros. A su vez, las cantidades en dinero o promociones en especie, para que el empleado a su vez las pueda revender, pasarán ser cotizar íntegramente, cuando antes solo lo hacían desde los 1.065 euros al mes.

Desde enero ha cambiado también la fiscalidad de una herramienta de fidelización e incentivo muy importante para los emprendedores. Se trata de las stock options, o la retribución en acciones gratuitas o a un precio por debajo del mercado, pasará a considerarse íntegramente en la base de cotización.. La nueva regulación es considerada por muchos emprendedores lesiva y desincentivadora a la hora de facilitar el captar talento. Cabe recordar que muchas start up utilizan este sistema retributivo como incentivo y premio en proyectos que por definición presentan un elevado nivel de incertidumbre.

Con la norma anterior, esto sucedía cuando superaba los 12.000 euros anuales. Uno de los objetivos perseguidos por el Gobierno con estas medidas que gravan los pagos en especie, aparte de engordar las maltrechas arcas de la Seguridad Social, es atajar formas para esquivar el pago de cotizaciones que se basan en limitar la cuantía del sueldo, abonando el resto mediante prestaciones no dinerarias o no salariales. Por ejemplo, una de las vías de escape más habituales entre quienes tienen un sueldo que supera la pensión máxima (2.554 euros al mes) es mantener su base de cotización en ese límite mientras la empresa ingresa la teórica cotización restante en un plan privado de pensiones. De esta forma, el trabajador tiene una pensión mayor cuando se jubila, aunque en el camino el sistema pierde las aportaciones de ese trabajador que tendrían su origen entre el valor de la pensión máxima y la base máxima de cotización.