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    El Gobierno aprueba una nueva instrucción técnica para gestionar "con eficacia" la seguridad de los ascensores

    MADRID, 8 (EUROPA PRESS)

    El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un Real Decreto por el cual se establece una nueva Instrucción Técnica Complementaria específica para ascensores, que reúne en un único texto todos los elementos necesarios para gestionar "con eficacia" la seguridad de los ascensores.

    La nueva Instrucción aborda el "tratamiento singular" de estos aparatos, al mismo tiempo que se mantiene el alto nivel de seguridad requerido para los mismos. La nueva Instrucción Técnica será de aplicación, tanto para edificios de nueva construcción como a los ya existentes.

    De este modo, el Gobierno señala que se emprende una clarificación normativa y se reducen determinados costes para las empresas y comunidades de vecinos

    PRINCIPALES NOVEDADES

    Entre los aspectos más relevantes de la Instrucción Técnica destacan la definición de las reglas de seguridad aplicables a los ascensores para proteger a las personas y las cosas contra los diferentes riegos de accidentes derivados de su uso y mantenimiento.

    Además, el nuevo texto señala que se mantiene una definición única de ascensor, con independencia de su velocidad, sujeto a una misma norma reglamentaria.

    En cuanto a las condiciones de diseño que deben observarse todos los ascensores, estos siguen sometidos al registro ante la comunidad autónoma correspondiente, mantenimiento periódico e inspecciones periódicas por organismos de control.

    GARANTÍAS PARA LAS INSPECCIONES

    También se establecen determinadas garantías para que las empresas que van a llevar a cabo las referidas inspecciones cuenten con personal suficientemente capacitado, regulando, por primera vez, la figura del "conservador".

    Por otra parte, se requiere que estas empresas conservadoras realicen una "declaración responsable" en la que el titular de la empresa o el representante legal de la misma declare que cumple los requisitos que se exigen por esta Instrucción Técnica.

    Asimismo, se exige haber suscrito un seguro de responsabilidad civil profesional u otra garantía equivalente, que cubra los daños que puedan provocar en la prestación del servicio, con cobertura mínima de trescientos mil euros por accidente.

    Se instaura el procedimiento para tratar casos no contemplados específicamente en esta norma, especialmente por razón de adaptación al progreso técnico.

    Por último, se excluyen del ámbito de aplicación de la nueva Instrucción Técnica otros aparatos, tales como los salvaescaleras porque, en realidad, dichos aparatos nunca formaron parte de los ascensores, pues se trata de aparatos totalmente diferentes.

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