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Emprendedores: cómo me afecta la última reforma fiscal

La medida estrella de la reforma fiscal que entra en vigor el 1 de enero es la reducción de la presión fiscal –tanto del IRPF como del Impuesto de Sociedades –cuyo impacto en los ingresos del Estado alcanzará los 3.803 millones de euros, según los cálculos del Ministerio de Economía. Como contrapartida y gracias también a la mejora de la situación económica, los ingresos públicos por IVA e Impuesto de sociedades crecerán un 20,4% el año que viene, hasta los 186.112 millones.

La reforma del IRPF incluye tanto una reducción del número de tramos (pasan de siete a cinco) como de los tipos marginales aplicables. Una medida que afecta a pequeños empresarios que perciben una nómina mensual. El tipo mínimo baja del 24,75% de los ingresos por rendimiento del trabajo al 20% el año que viene y al 19% en 2016, mientras que el máximo pasa del actual 52% al 47% en 2015 y 45% un año más tarde. Además, sube el umbral mínimo de tributación, de forma que los trabajadores con salarios brutos inferiores a los 12.000 euros estarán exentos de pagar IPRPF.

Los trabajadores autónomos que fracturan como profesionales se beneficiarán de una menor retención, que pasa del 21% al 19% en 2015 y al 18% para el año siguiente. Los autónomos con rendimientos inferiores a los 15.000 euros anuales tendrán un tipo reducido del 15%. Por otro lado, desaparece el límite del 5% para los gastos de difícil justificación en la determinación del rendimiento neto y queda fijado en un máximo de 2.000 euros anuales. Para los acogidos al sistema de tributación módulos (Estimación Objetiva), el límite de ingresos y gastos para quedar excluido se reduce hasta los 150.000 euros en términos generales, mientras que para actividades agrícolas y ganaderas pasará a 250.000 euros.

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Otro cambio importante se refiere a las instalaciones exigidas para el desarrollo de la actividad económica. La  suprime el requisito de disponer de un local específico destinado a la gestión de la actividad, si bien se mantiene la obligatoriedad de tener contratada al menos una persona para el desarrollo del negocio y que esta persona tenga un contrato laboral a jornada completa.

Los autónomos y pequeños empresarios que gestionen su actividad a través de una empresa también se verán afectados por cambios en el Impuesto de Sociedades. Por un lado, se suprime la deducibilidad de las pérdidas por deterioro tanto para el inmovilizado material, inversiones inmobiliarias y valores representativos de deuda. Por otro, desaparece la deducción por reinversión de beneficios y se crea, a cambio, la figura de la reserva de capitalización empresarial, que permite reducir la base imponible en un 10% por el incremento de los fondos propios.