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¿Eres autónomo? Trucos para tener en cuenta antes de que acabe el año

Una serie de sencillas prácticas pueden permitir al autónomo retocar el ejercicio en términos de beneficio y menor carga fiscal. Son fechas en las que, por ejemplo, es posible adelantar o diferir ingresos o pagos de un ejercicio, el actual, a otro, el 2015.

Aprovechando la reforma fiscal que entra en vigor el 1 de enero, el autónomo debe tener en cuenta que a partir de ese momento bajan las retenciones que debe aplicar del 21% vigente al 19% el año que viene y al 18% en 2016. La bajada es un punto mayor de lo previsto inicialmente en el proyecto de Ley del IRPF que se aprobó en el Congreso, que preveía una rebaja progresiva de las retenciones a profesionales y autónomos del 21% actual al 20% en 2015 y al 19% dentro de dos años. Se trata sin duda de un guiño a los profesionales y autónomos en vísperas de un año electoral, pero un guiño que permitirá a este colectivo disponer de más liquidez a lo largo del ejercicio.

Con el IVA también podemos diferir la cuantía a pagar de un ejercicio a otro. Por ejemplo, se pueden adelantar gastos y compras que devengan IVA si queremos reducir el saldo a pagar en el último trimestre de este ejercicio si pensamos que va a ser más asumible pagar más IVA en 2015. O viceversa, podemos demorar algunas compras e inversiones si es el año próximo cuando vamos a soportar más carga fiscal con el IVA.

Lo mismo puede ocurrir con la cuenta de resultados si el autónomo tiene una empresa, o con la cuantía final de ingresos en el año si no la tiene. Se pueden adelantar o diferir beneficios y por tanto se puede adelantar, retrasar o modular el pago del impuesto de sociedades o del IRPF. Una manera habitual de diferir la carga del impuesto es retrasar facturar a cobrar a enero o adelantar pagos correspondientes a 2015 a este último trimestre.

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Si el autónomo tiene una nómica como administrador de la empresa debe saber que a partir de enero bajan las retenciones a cuenta y el tipo efectivo cuando se liquide el IRPF del ejercicio 2015, con lo cual le puede interesar diferir beneficios a 2015 y aumentarse el sueldo a partir de enero porque sufrirá menos presión fiscal.

Además, muchos autónomos cotizan por lo mínimo a la Seguridad Social y basan su acceso a una futura jubilación en planes de pensiones privados. Conviene saber que la reforma fiscal que entra en vigor en enero reduce los límites de las aportaciones que dan derechos a deducción fiscal y eleva la tributación sobre el rendimiento de las aportaciones realizadas antes de 2006.

En concreto, hasta ahora, se reducía en un 40% el rescate de las aportaciones anteriores a 2006; a partir de 2015, esta reducción bajará al 30%. Dicho de otro modo, habrá que tributar por el 70% del patrimonio frente al 60% actual. Conviene tener en cuenta este incremento fiscal si se puede optar por rescatar el plan o los planes que se tengan este año o el próximo.

En cuanto a las aportaciones, la reforma del IRPF fija un único tope máxima fiscalmente deducible en los planes de pensiones de 8.000 euros, terminando con los diferentes límites existentes hasta ahora en función de la edad que se fijaban en los 10.000 euros para los partícipes menores de 50 años y en los 12.500 euros para los de 50 años o mayores. Quizá sea este el año de apurar y agotar los límites máximos que en enero se reducen.