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¿Qué es una indemnización en diferido? ¿Se puede simular un contrato?

De la noche a la mañana, la secretaria general del PP, María Dolores de Cospedal, se ha metido en un buen jardín, y todo gracias a una de sus mayores pesadillas: Luis Bárcenas. La presidenta de Castilla-La Mancha intentó justificar ayer que su partido siguiera pagando durante dos años y hasta hace un par de meses al ex tesorero a pesar de que ya no militara en sus filas. Cospedal empleó un término que probablemente pasará a la historia: “Indemnización en diferido”

"Como se pactó una indemnización en diferido en forma efectivamente de simulación o de lo que hubiera sido en diferido, en partes de lo que antes era una retribución, tenía que tener la retención a la Seguridad Social", dijo.

Como nadie o casi nadie entendió esta frase, desde Yahoo! Noticias nos hemos puesto en contacto con un experto en asesoría laboral para solventar las dudas. ¿Existen las indemnizaciones en diferido? ¿Se puede simular un contrato?

Esta mujer no tiene ni idea, no sabía lo que estaba diciendo, no he visto algo así en mi vida y legalmente no se puede hacer”, sentencia un experto de Morante Asesores, que contextualiza el caso. “Lo que sí puedes hacer es aplazar una indemnización en cuotas si lo pactas con tu trabajador”, explica. De esta manera, una empresa que deba, por ejemplo, 12.000 euros a un empleado en concepto de indemnización, podría pactar con él entregarle 1.000 euros al mes durante 12 meses. Lo que el experto no entiende es la retención a la Seguridad Social, dando con la clave de todo el follón: “Una indemnización está siempre exenta de tributar y cotizar, porque cuando un contrato se extingue, se extingue con todas las consecuencias, por lo que se estaría cometiendo un fraude y además no tiene sentido porque la empresa estaría perdiendo dinero”, manifiesta, extrañado.

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Desde Morante Asesores explican una excepción que sí permitiría cotizar por la Seguridad Social de un trabajador que ya no figura en nómina, aunque no tiene nada que ver con una indemnización: hablamos lo que podríamos considerar como una prejubilación. Nuestro experto explica, por ejemplo, el caso de un empleado de 58 años que termina su relación con la empresa pero que, gracias a un convenio colectivo o individual, recibe este complemento para no verse afectado en su pensión de jubilación.

“De todas maneras, por todo lo que han hablado, este no es el caso, puesto que este tipo de convenios no cotizan al régimen general, sino a través de un convenio especial para cubrir una cobertura”, detalla

En este sentido, y si se confirman estos términos de simulación de contrato, el PP podría haber defraudado a la Seguridad Social. Según nuestro experto, cotizar irregularmente por un ex trabajador supondría, probablemente, una falta grave según la Ley de Sanciones de la Seguridad, que podría conllevar una multa de hasta 60.000 euros “o incluso más; eso depende del inspector que lleve el caso y de la tipificación que considere”, sentencia.

[Relacionado: El escándalo que quiso tapar Cospedal]