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Declaración de la Renta 2012: Información clave que no debes perderte

Un año más, Hacienda somos todos. Hasta el próximo 2 de julio, los sufridos contribuyentes ya podemos solicitar y confirmar el borrador de declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2011.

Toca hacer cuentas con el fisco y para pedir los datos fiscales basta con acudir a la página web de la Agencia Tributaria. Si lo tuyo no es Internet, no te preocupes: Hacienda remitirá el borrador por correo ordinario a partir del 3 de mayo de 2012 a los contribuyentes que lo hubieran solicitado en la declaración del IRPF del ejercicio 2010.

[Te puede interesar: Especial sobre la Declaración de la Renta]

La solicitud de modificación del borrador de declaración también la puedes hacer a través de Internet, por teléfono en el número 901 200 345 o personándote en cualquier delegación o administración de la Agencia Tributaria. Eso sí, no olvides llevar contigo el DNI o el número de identificación de extranjeros (NIE) para identificarte.

Si quieres saber si tienes que declarar, cuáles son las novedades de este año o cuándo recibirás la devolución, continúa leyendo:

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¿Estoy obligado a declarar?
Solo están obligados a presentar la declaración quienes superen los 22.000 euros en rendimientos del trabajo (nómina, pensiones o subsidio por desempleo), si proceden de un solo pagador. En caso de tener dos o más pagadores, el mínimo se fija en 11.200 euros siempre que la suma de uno de ellos no exceda los 1.500 euros.

Además, deberán declarar aquellas personas cuyas rentas del trabajo sea inferior a los 22.000 euros pero hayan aplicado deducciones por inversión en vivienda o por aportaciones a planes de pensiones, entre otras.

También quienes hayan recibido rentas de imputaciones de rentas inmobiliarias —siempre que procedan, como máximo, de dos inmuebles— y de ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, así como las subvenciones para la adquisición de vivienda habitual.

¿Cuáles son las principales novedades de la Renta 2012?

1.- Deducción por vivienda: se eleva la base máxima a 9.040 euros en la deducción por inversión en vivienda habitual en los supuestos de adquisición o rehabilitación de vivienda y para las cantidades depositadas en cuenta vivienda, y a 12.080 euros en el caso de obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual por razón de discapacidad.

2.- Deducción obras en la vivienda: no se limitará únicamente a la vivienda habitual. Aumenta el número de potenciales beneficiarios tras elevar el límite anual de base imponible para acceder a la misma de 53.007,20 a 71.007,20 euros. Además, se mejora la cuantía elevándose del 10% al 20% el porcentaje de deducción, y de 4.000 a 6.750 euros, la base anual máxima de deducción.

3.- Deducción por alquiler de vivienda: Quien viva de alquiler podrá deducirse hasta un 10,05% de la cantidad que haya pagado por su alquiler, siempre y cuando su renta sea inferior a 24.107 euros. También la base máxima de deducción crece ligeramente, aunque varía en función de los ingresos del inquilino.

En cuanto a los propietarios, este año verán libre de impuestos hasta el 60% de lo que hayan ingresado por el alquiler, aunque el porcentaje aumentará incluso al 100% para quienes tengan alquilada su casa a jóvenes de entre 18 y 30 años (35 años si se firmó el contrato antes de este año).

4.- Se suprime el cheque bebé: la Campaña de Renta de este año es la primera que no incluye la deducción de 2.500 euros por nacimiento o adopción, derogada desde el 1 de enero de 2011.

5.- Se retoma el impuesto de patrimonio: la recuperación temporal del Impuesto de Patrimonio para los ejercicios 2011 y 2012 afectará este año a unas 160.000 personas, que deberán tenerlo en cuenta a la hora de revisar su borrador. Solo estarán obligados a declarar por este impuesto quienes tengan un patrimonio global de más de un millón de euros.

6.- Nuevos tramos de IRPF: quienes el pasado año cobraron más de 120.000 euros verán elevado en un punto el tramo estatal de su IRPF, hasta el 22,5%, mientras que los que ganaron más de 175.000 anuales pagarán hasta el 23,5%.

¿Cuándo se realizarán las devoluciones?

El objetivo de la AEAT es que el 90% de las devoluciones se lleven a cabo antes de julio. Sin embargo, si eres de los afortunados que recibirán importes a devolver que sobrepasen los 4.000 euros, ten paciencia: Hacienda examina estas declaraciones con lupa y tardan más en completarse.

Desde hace unos años todos los contribuyentes pueden consultar el estado de su devolución de la renta a través de la página web de la Agencia Tributaria. Para acceder a esta información solo es necesario introducir el DNI o NIF y la cantidad pendiente de devolución por parte de la administración.